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  • ¿Qué pasa si dejo de pagar el alquiler durante meses?

  • En el contrato de arrendamiento queda claramente estipulado que la principal obligación del inquilino es cumplir a cabalidad con los pagos. Por tanto, al producirse un impago, aunque solo sea por un mes, el inquilino entra en una grave situación de riesgo que puede acabar con la resolución del contrato de arrendamiento y el eventual desahucio. Eso sí, en ocasiones, el casero puede tratar de aprovecharse de su inquilino y forzarlo a pagar, amenazándolo con desahuciarlo, parar que pague más rápido de lo que debería pagar. Muchas veces eso provoca que las acusaciones de impago sean falsas y el inquilino se vea afectado por ello. Contacta con Abogados Madrid para más información.

    La fecha en que se debe pagar el alquiler es aquella que ha estipulado libremente el arrendador y el arrendatario, con la que ambos han suscrito estar de acuerdos. En caso de que no se haya establecido una fecha, entonces deben regirse por lo que La Ley de Arrendamientos Urbanos que claramente señala que el pago de un alquiler debe efectuar en dentro de los primeros siete días de cada mes. De cualquier forma, si inquilino no ha pagado dentro de los plazos acordados, puede acusársele de impago o de retraso, pues la ley no hace distinción en ese aspecto.

    En esa situación, el arrendador puede acudir a un juzgado para solicitar la recuperación de su inmueble (piso, vivienda o local) alquilado, de modo que pueda proceder legalmente a ejercerse el desahucio del inquilino, lo debe ser ordenado por el juez. Eso significa que, no importa cuántos meses o días han pasado desde que no pagas el alquiler, tu arrendador apenas note que no ha recibido tu pago en los plazos acordados puede proponer una demanda resolutoria ante el respectivo juzgado para desalojarte de su inmueble. De esa manera, si el juez lo ordena, tendrás 10 diez días para abandonar el inmueble, aunque también tendrás la opción de pagar en ese plazo la renta debida, así como los intereses compensatorios.

    ¿Qué se considera retraso en el pago del alquiler?

    Aunque solo hayas pasado un día desde la fecha límite de pago acordada, si no has pagado, ya te pondrán considerar como que estás retrasado con el pago del alquiler. Según la ley española que regula los arrendamientos, solo hace falta no pagar un mes de la mensualidad para poder aplicar una resolución contractual. Para la ley, el arrendador no tiene por qué soportar ningún retraso del pago o impago, por lo que puede llevar a cabo la demanda por desahucio inmediatamente cuando se dé cuenta de que su inquilino no está cumpliendo con los plazos del pago de la renta.

    Eso quiere decir que no importa si te has retrasado durante meses o tan solo un día, igualmente estás cometiendo una grave falta que puede terminar con desahuciarte del inmueble si así lo desea el arrendador. El retraso del pago del alquiler, aunque sea solo por un único día, es legalmente considerado como un incumplimiento contractual imputable al inquilino, y motivo suficiente para el proceder de una demanda de desahucio. Así que, si como inquilino quieres evitar la molesta situación del desahucio, no especules con las fechas de pago y siempre mantente puntual, pues nunca sabes cuando, por un leve retraso, tu arrendador pueda abrir una demanda en tu contra. De hecho, si no tienes el dinero y ya se está pasando la fecha límite para hacer el pago, te recomendamos que pidas el dinero prestado a un familiar o amigo para no incurrir en un incumplimiento del pago del alquiler y así mantener la buena relación con el arrendador.

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