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  • ¿Qué es la ley para segunda oportunidad?

  • Durante el año 2015 en España fue aprobada la llamada Ley para Segunda Oportunidad, la cual posee fundamentalmente el objetivo de eximir deudas para aligerar las obligaciones financieras individuos que lo requieran por su comprometido estatus financiero. Dicha legislación está regulada por el R.D Ley 25/2015 y lamentablemente continúa siendo ampliamente desconocida para muchos empresarios y autónomos, por ello en los próximos párrafos dilucidaremos algunos de los detalles de esta legislación.

    Como su denominación lo indica, la normativa para segundas oportunidades ofrece la posibilidad de que un empresario pequeño o un particular inicie desde cero sin deudas en el caso de que su estado financiero sea deplorable. La manera en la que actúa la ley en cuestión es mediante la renegociación del plan de pago y abono de deudas de modo que el deudor tenga la posibilidad de afrontar los gatos de su vida. Incluso, si ante el juzgado no se logra un acuerdo de renegociación puede exonerarse o cancelarse los importes adeudados. En tal supuesto dicha resolución ha de ser dictaminada por el juez de la Primera Instancia si el deudor es particular, o por las instancias mercantiles si el deudor es empresario.

    Requisitos para apegarse al beneficio de esta normativa

    Es necesario que el particular o el empresario autónomo que pretenda apegarse al beneficio de la normativa en tema cumpla con los 2 requisitos siguientes:

    1. Demostrar su incapacidad para pagar las deudas: El deudor debe acreditar que ha liquidado cada uno de los bienes de su patrimonio durante el proceso concursal llevándose a cabo el pago posible del importe adeudado. Esto supone que el deudor debe carecer de activos y dinero para llevar a cabo el pago.
    2. Demostrar su buena fe: Aunque parezca un poco subjetivo la denominación “buena fe” las leyes determinan que el deudor puede ser considerado de esta forma si intento realizar u acuerdo para el pago del importe que debe a sus acreedores, cuando su estado de insolvencia no fue provocado de forma deliberada, cuando no ha sido beneficiado por dicha legislación en los últimos 10 año, cuando este exento de delitos económicos y cuando no haya rechazado un empleo que pueda desempeñar sus capacidades.

    Como se evidencia resulta imprescindible que el deudor que pretenda beneficiarse por la normativa para segundas oportunidades debe inicialmente hacer el intento de negociar extrajudicialmente el pago del importe adeudado con los acreedores, y en el caso de que dicha vía falle es cuando podrá solicitar el beneficio de esta ley.

    ¿Cuáles son las deudas cancelables?

    Entre las deudas que pueden llegarse a exonerar con la conocida Ley para Segundas Oportunidades deben destacarse aquellas que se generan de subastas y las provocadas por ejecución de inmuebles. Ahora bien, existen deudas que dicha ley no exime tales como aquellas contraídas con las entidades tributarias y con Seguridad Social. Como ejemplo se tiene el supuesto de una deuda hipotecaria valorada en ciento cincuenta mil euros donde la entidad bancaria ejecuta y subasta el inmueble por cien mil euros, en este caso la normativa para segundas oportunidades exoneraría si se cumplieran los requisitos anteriormente descritos los cincuenta mil euros restantes de deuda.

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