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La forma de tasar un inmueble o bien heredado para su posterior venta esta formalizada en la Ley General Tributaria de la Ley 36/2006, en la cual se menciona en el artículo 57.1.b que para valorar dicho inmueble es necesario ceñirse ante un método establecido de tasación que utiliza múltiples coeficientes que determina la administración competente del ámbito tributación añadiéndose además el registro formal del inmueble como parte del Catastro Inmobiliario.
Asimismo, en el artículo 134.1 de la ley anteriormente mencionada se estipula la imposibilidad de la Administración para corroborar los valores que hayan sido declarados por parte de los obligados en base a los parámetros previamente publicados en ella, aplicando de esta forma cualquiera de los 9 métodos para la comprobación del valor que se establecen en el artículo número 57.1.
Cada Administración de las provincias publican los coeficientes necesarios para llevar a cabo el cálculo de la valoración o tasación del inmueble por municipio e igualmente por tributo. Estos coeficientes se aplican al denominado valor catastral, de esta forma se logra estimar el valor más fidedigno o real con el objetivo de tramitar los impuestos establecidos para donaciones o sucesiones y los gravámenes que suponen el traspaso de patrimonios.
Al presentar las autoliquidaciones que deben cumplirse durante el proceso de transmisión o dación de patrimonios como los inmuebles heredados, pueden presentarse problemas judiciales importantes si la valoración efectuada por el interesado en base a los criterios publicados por la administración de la Comunidad Autónoma no coincide con la tasación que lleva a cabo el perito que actúa en representación de la Administración, ya que esto conlleva a importantes diferencias entre las cifras de dinero que deben pagarse por los impuestos y gravámenes que conllevan el traspaso de inmuebles y patrimonios recibidos, por ejemplo, como parte de una herencia.
En estos casos debe estimarse utilizar el mecanismo legal de casación con el cual se puede lograr la resolución más esperada por el interesado. Por lo anteriormente destacado resalta la importancia de disponer de la asesoría de un abogado o un tasador profesional y autorizado para conocer el valor que debe declararse de un inmueble heredado ya sea para la adjudicación del mismo o para su posterior venta.