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Estamos transitando una época en la que el matrimonio no se considera una prioridad para los jóvenes, quienes prefieren no formalizar la relación con sus parejas, este creciente desapego a la cultura del matrimonio ha conllevado que la ley cree figuras semejantes a este tales como la pareja de hecho.
El matrimonio implica la posibilidad de divorcio, y lamentablemente esto ha conllevado a que se genere en las jóvenes parejas un temor por la consideración social de que esto representa un fracaso moral. Ante las muchas desventajas y problemas que se han difundido sobre el matrimonio, han quedado relegados los beneficios y las ventajas legales que generan las uniones nacionales, por ello a continuación repasaremos las ventajas más importantes que se obtienen al formalizar un vínculo matrimonial.
- Pensión por viudedad:
Si uno de los integrantes de la relación matrimonial fallece y este género pensión por viudedad por su estado fiscal, el superviviente tiene derecho a reclamar dicha pensión en el contexto en que tengan más de un año casados, o que posean hijos comunes independientemente del tiempo que poseía el vinculo nupcial.
- Declaración de impuestos:
Una de las excelentes ventajas que posee el matrimonio a nivel fiscal está relacionada con el IRPF, también conocido como el impuesto de la renta. En este caso se brinda la posibilidad de realizar una declaración en conjunta de dicho impuesto cuando uno de los integrantes de la pareja no genera ingresos, sin embargo, es necesario aclarar que esto será estudiado por un especialista en tributaciones.
- Herencia:
El Código Civil contempla a los conyugues en la elección de los favorecidos por una herencia. El porcentaje de herencia que le corresponde al conyugue varía dependiendo de la existencia de otras figuras que también poseen derechos sobre la herencia, tales como los descendientes y ascendientes del fallecido.
Si el fallecido posee hijos, el conyugue estaría beneficiada por un tercio de la herencia dado a que el resto estará destinada a primogénitos y se destinara a mejoras. De igual forma, si los hijos no son comunes, el conyugue puede optar por exigir que su parte de la herencia sea entregada por una cantidad de bienes contemplados en la herencia o por dinero. De igual forma, ciertas comunidades autónomas tienen excepciones fiscales especiales para conyugues viudos.
- Sociedad de tipo gananciales:
Una de las características fundamentales de la unión matrimonial, a diferencia de otras figuras, es que una vez establecido el matrimonio y en caso de no pactarse otro tipo de régimen en las capitulaciones, se instituirá un régimen de tipo ganancial desde el momento en que se inicia el matrimonio, por lo que todos los bienes y ganancias generadas pertenecerán por igual a ambas partes del matrimonio.
- Permiso por matrimonio:
Una de las cosas que muy pocas personas saben es que el Estatuto de Trabajadores, en el artículo número 37.3, establece que los trabajadores tienen derecho a quince días destinados a vacaciones luego de haber contraído nupcias, por ello, luego de casarse puedes solicitar este corto periodo vacacional.
- Nacionalidad:
Uno de los beneficios más conocidos del matrimonio es el relacionado con la nacionalidad. En España se puede solicitar la nacionalidad de nuestro país con altas probabilidades de obtenerla si se contraen nupcias con un ciudadano español. En este sentido se exige que al menos exista 1 año conviviendo juntos en unión matrimonial para poder solicitar la nacionalidad.