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Tenemos una gran cantidad de servicios del ámbito legal y matrimonialistas para ofrecerte, tanto la asesoría profesional para gestionar los procedimientos que suponen los divorcios con hijos, así como también nuestros profesionales de Abogados matrimonialistas Entrevias podrán representarte legalmente ante las autoridades jurídicas en el caso de conflictos del ámbito matrimonial.
En Abogados matrimonialistas Entrevias Madrid no solo nos ocupamos de los procesos jurídicos relacionados con las separaciones, sino que además podemos ayudarte a establecer las capitulaciones de tu nuevo matrimonio. Disponemos de un selecto grupo de abogados que conforman uno de los mejores bufetes de abogados de Madrid, por lo tanto, te recomendamos que nos brindes la oportunidad de ser tu empresa de abogados de confianza.
Liquidación de Sociedad de Gananciales
Con las capitulaciones matrimonialistas que pueden ser establecidas antes o después de haber consumado la ceremonia matrimonial, se determinan el tipo de régimen económico de la unión nupcial, ya sea de carácter ganancial donde ambos progenitores son dueños en partes iguales de todo lo producido durante el matrimonio, o de tipo separación de bienes en la cual cada uno de los integrantes del matrimonio es dueño de sus bienes producidos de forma absoluta.
La liquidación de sociedad de gananciales que se lleva a cabo una vez concluye el matrimonio supone la disolución del régimen económico del mismo, por lo tanto, aquellos matrimonios con régimen de tipo ganancial se liquidaran otorgando a cada individuo la mitad proporcional de los bienes que se generaron durante el matrimonio.
No obstante, si el régimen es de separación de bienes, la liquidación le dará a cada individuo su parte correspondiente de los bienes que produjo durante su participación en la unión nupcial, es decir, los bienes que este produjo ya que es dueño absoluto de los mismos.
Divorcios de mutuo acuerdo y divorcios contenciosos
Todos los divorcios deberían el acuerdo por ambas partes de que ha llegado el momento de disolver esta unión legal, y esta recomendación no solo es difundida desde el gremio de los abogados sino también por los profesionales de las terapias familiares, psicólogos, etc.
Ahora bien, en el ámbito legal las leyes de nuestro país solo permiten que las separaciones se lleven a cabo si han transcurrido un minio de tres meses de matrimonio, independientemente de que se trate de una separación contenciosa o de mutuo acuerdo.
Desde el aspecto legal los divorcios contenciosos son sumamente más complejos que los divorcios de mutuo acuerdo, ya que siempre conllevan mayores gastos monetarios en los trámites y gestiones legales necesarias, sin embargo, si estas enfrentado un divorcio contencioso no te preocupes, nuestros abogados matrimonialistas están totalmente preparados para ayudarte a afrontar este tipo de separaciones.
Medidas paterno filiales
Una vez que se está llevando a cabo el proceso de separación de un matrimonio con hijos, es necesario que se acuerden una serie de medidas que determinan las responsabilidades de los progenitores con los descendientes de la unión nupcial en disolución.
Entre dichas medidas paterno filiales que deben definirse se encuentra la custodia del menor, la pensión de alimentos que debe aportar mensualmente el progenitor no custodio, el uso de la vivienda familiar, el horario y régimen de visitas entre otras medidas en las cuales podemos asesorarte para que logres el mejor acuerdo con tu pareja.
Procedimientos para las modificaciones de medidas paterno filiales
Las medidas a las cuales se les hizo referencia en el párrafo anterior pueden llegar a ser modificadas o actualizadas si se han suscitado cambios importantes con respecto al contexto en el cual fueran establecidas. Dichas situaciones pueden ser las siguientes:
- Una realidad económica desfavorable para el progenitor custodio.
- Incumplimiento de la convivencia del progenitor no custodio con sus descendientes.
- Aumento de los ingresos económicos de los progenitores.
- Incremento de las necesidades económicas de los descendientes.
Abandono familiar y abandono de hogar
Un error común que las personas que desconocen las bases y fundamentos del derecho familiar es presuponer que el abandono familiar y el abandono del hogar son dos entidades iguales y que ambos términos se emplean indistintamente para referirse a lo mismo. No obstante, debemos aclarar que el abandono familiar es un delito penado en el código civil que supone el incumplimiento de las preestablecidas medidas paterno filiales, por lo que conlleva una sanción de alrededor de 4 años de prisión.
Por su parte, el abandono del hogar no se concibe en los estatutos establecidos en el código civil como un delito sancionable, sin embargo, para evitar cualquier tipo de represalia los expertos en derecho familiar recomiendan que cuando se lleva a cabo el abandono del hogar se redacte un documento en el cual se detallen los motivos por el cual el progenitor llevo a cabo esta medida.
Para cualquier tipo de información que necesites con respecto a los delitos del derecho matrimonial y familiar, o si necesitas la gestión de tu divorcio te invitamos que contactes con Abogados matrimonialistas Entrevias para ofrecerte los mejores servicios de abogados matrimonialistas de Madrid.
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