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  • Abogados Matrimonialistas Ciudad Lineal

  • Desde Abogados Matrimonialistas Ciudad Lineal somos especialistas en liquidación de gananciales, tutelas, separaciones, medidas paterno-filiales y divorcios. El derecho de familia es nuestra especialidad, si necesitas un abogado matrimonialista no dudes en contactar con nosotros. Para que el divorcio o separación sea rápido y consigas lo que quieres cuanto antes estaremos a tu lado durante todo el proceso. Las opiniones de nuestros clientes nos convierten sin duda en el primer despacho de abogados de familia en Ciudad Lineal, por la calidad del servicio que ofrecemos.

    Buscamos lo mejor para tu pareja y para ti. Y si tenéis hijos menores te indicaremos las distintas opciones legales de acuerdo con vuestras circunstancias. ¡Te ofrecemos asesoramiento legal con nuestros mejores profesionales!

    • Para todo el proceso de separación y divorcio te indicamos los documentos que necesitas para su formalización. ¡Deja esa gestión en nuestras manos!
    • Durante todas las fases del proceso de divorcio o separación la experiencia de nuestros abogados te ayudará para saber lo que puede pasar. ¡Nos encargamos de tu representación jurídica!
    • Te garantizamos el mejor servicio a lo largo de todo el divorcio, ante cualquier imprevisto confía en nuestro asesoramiento. ¡Nos avalan años de experiencia en defensa legal!

    Atendemos a las localidades cercanas (como Vallecas, Carabanchel, Moratalaz) para resolver tus dudas sobre el proceso y que nos cuentes lo que te preocupa sobre tu divorcio o separación. Cuenta con nuestro asesoramiento personalizado y con nuestra confidencialidad en el despacho de abogados matrimonialistas Ciudad Lineal.

    Lo primero de todo es aclarar dos conceptos esenciales. Desde Abogados La Gavia le detallamos las diferencias existentes entre una separación y un divorcio.

    En la separación a pesar de que la relación matrimonial no continúa, legalmente siguen casados, el vínculo matrimonial no se ha roto, simplemente ha cesado la convivencia. Si cualquiera de los dos desea casarse más adelante, no podrá ya que aún está legalmente casado en España.

    Sin embargo, en el divorcio, el vínculo se acaba, no siguen casados de ninguna manera, salvo que vuelvan a celebrar matrimonio los mismos contrayentes…

    Desde este despacho, queremos hacer hincapié en el hecho de que para divorciarse o separarse sólo es necesario que hayan transcurrido como mínimo tres meses desde que se celebró la boda para que pueda empezar a tramitarse dicho proceso. Sin embargo, no es necesario esperar ese tiempo mínimo cuando hay riesgo para la integridad física o moral, la vida, la libertad, la libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos. Nos referimos a casos de violencia de género, por supuesto.

    Además, hay que destacar que para divorciarse ya no hay que separarse previamente y esperar dos años.

    En nuestro despacho, comprendemos que un divorcio o una separación es una situación muy dura y por tanto ponemos a su disposición los mejores abogados Matrimonialistas Ciudad Lineal para solucionarlo cuanto antes y que puedan continuar con su nueva vida.

    Medidas paterno-filiales

    Si hay menores, el ordenamiento los protege especialmente en el caso de un divorcio o separación. Proteger a los hijos menores durante el proceso de divorcio y separación es una de las grandes prioridades que se refleja en el Código civil, Código Penal y en diversas leyes relacionadas.

    Es obligatorio contar con un abogado experto en Derecho de Familia para determinados procesos (separación, incapacidad, divorcio).

    A lo largo de muchos años, desde nuestro despacho hemos visto todo tipo de situaciones conflictivas relacionas con custodias, regímenes de visita, herencias, uso del domicilio familiar, tutelas, pensiones de alimentos y otras medidas paterno-filiales. Por eso, estamos preparados para asesorar en todos los trámites precisos para que solo tengas que preocuparte de recuperarte de la ruptura cuanto antes. ¡Nuestros prestigiosos abogados de familia se encargan de los temas legales!

    Con esas medidas paterno-filiales que hemos mencionado el ordenamiento jurídico garantiza que los padres tengan derechos y obligaciones similares a pesar del proceso en curso para finalizar la relación matrimonial. Por eso, resulta realmente importante saber los conceptos más técnicos de tales medidas a la hora de poder concertarlas o modificarlas a lo largo del divorcio o separación.

    Si tienes hijos menores, lo que querrás saber al divorciarte es quién se queda con ellos, quién se encarga de su cuidado y de su educación a diario (quién los lleva al colegio, o al médico o quién los acompaña mientras hacen los deberes). Es la llamada custodia de los hijos, que puede ser compartida o exclusiva de uno de los dos progenitores.

    Si uno de los padres se responsabiliza absolutamente de tales tareas básicas de la vida cotidiana y el otro cumple el régimen de visitas establecido anteriormente, estamos antes custodia exclusiva. ¡Recordamos desde aquí la importancia de recabar la opinión del menor sobre esta cuestión! ¿Con quién quiere vivir o con quién quiere pasar más tiempo?

    ¡Solo ves a tus hijos según las visitas programadas! En los regímenes de visitas intervienen factores tales como si es verano o invierno (vacaciones o Navidad u otras fechas especiales) o si la custodia es compartida o solo corresponde a un progenitor.

    Y ahora, ¿quién paga su comida? El tema de las pensiones de alimentos de los menores es uno de los aspectos más controvertidos. Es una cantidad pecuniaria que el progenitor que no tiene la custodia del menor o de los menores tendrá que abonar para cubrir las necesidades básicas para el correcto desarrollo de los mismos.

    Hablando de dinero, ¿quién se queda la casa? El uso del domicilio familiar para el caso de custodia exclusiva corresponde a quien tenga atribuida tal custodia. Si la custodia es compartida los dos progenitores alternarán el uso de la misma para convivir con los hijos, ya que ambos tienen derecho a utilizar la vivienda familiar según lo establecido previamente. Así el menor tendrá un único hogar en el que a veces estará su padre y otras su madre, evitando así tener que mover al menor de un lugar a otro cada vez que cambia con quién ha de estar.

    Cuando hablamos de patria potestad nos referimos entre otros temas a la educación, la vivienda, los alimentos que son las obligaciones, derechos y deberes legales de los padres (padre y madre por igual) para con los hijos menores desde el mismo momento de su nacimiento. 

    Documentación necesaria para el divorcio o separación:

    • Para saber qué juez es competente, imprescindible el acta de empadronamiento.
    • También el certificado de nacimiento de todos y cada uno de los hijos comunes.
    • Si es una separación o divorcio de mutuo acuerdo, copia del Convenio Regulador.
    • Declaraciones de IRPF y nóminas de los progenitores si es un divorcio o separación contencioso. 

    Plazos y consecuencias

    Si es un divorcio o separación de mutuo acuerdo, el proceso para determinar las medidas que hemos visto es más corto y se hará en poco tiempo. Generalmente en cuanto se llega a un acuerdo sobre pensiones, custodia, régimen de visitas y atribuciones se presentará ante el Juez competente para que legalice dicho acuerdo mediante sentencia. ¡Así de fácil!

    Pero si es una separación o divorcio contencioso el proceso va a ser más largo por la falta de acuerdo entre las partes (se hará una propuesta de una parte y una contrapropuesta de la otra…). Lo primero es solicitar medidas provisionales para los asuntos más urgentes, que se regularán de manera temporal hasta que el Juez establezca las medidas paterno-filiales atendiendo a las circunstancias del caso en concreto.

    Por eso, la duración de tal proceso para establecer las medidas paterno-filiales depende del tipo de divorcio o separación ante el que nos encontremos.

    Capitulaciones antes o después del matrimonio

    Para regular el régimen económico del matrimonio y poder cambiar dichos términos según se modifiquen determinadas circunstancias, lo más útil y eficaz son sin duda las llamadas capitulaciones matrimoniales, es un acuerdo legal que se puede establecer antes o después del matrimonio obligatoriamente a través de escritura pública y con la correspondiente notificación en el Registro civil del matrimonio.

    Si dicho acuerdo legal es anterior a la ceremonia nupcial, conviene tener en cuenta que hay un período de tiempo acordado por las partes de validez del mismo, durante el cual tiene que celebrarse el matrimonio para que surta efecto. En caso contrario, las capitulaciones son nulas y sin ningún tipo de validez legal si, transcurrido un año desde que se firmaron, no se celebra el matrimonio.

    Liquidación de Gananciales

    Si no hay acuerdo, el régimen económico de la relación se determina por las propias partes. Pero lo normal es que se establezca dicho régimen del matrimonio en las propias capitulaciones que ha firmado la pareja antes o después de la celebración del mismo.

    Lógico es que acabe dicho régimen económico si el matrimonio se divorcia o se separa. Entonces, hay que liquidar la llamada sociedad de gananciales según el patrimonio que tenga dicha pareja.

    Los regímenes económicos matrimoniales según el Código Civil son tres:

    • Se incluyen todos los bienes y el caudal conseguidos por los dos cónyuges, hablamos entonces de régimen de gananciales, sin diferenciar quién aporta tales ganancias. En caso de divorcio o separación se repartirán por igual los bienes comunes de la pareja.
    • Cada uno de los cónyuges es dueño absoluto de las ganancias que produzca o consiga. Estamos ante el régimen de separación de bienes. 
    • Cada uno de los cónyuges puede hacer participación activa de los bienes del otro, cuando así se establece estamos ante el régimen de participación. 

    Hay dos circunstancias fundamentales que determinan la liquidación de la sociedad de gananciales:

    • Que los cónyuges se pongan de acuerdo también en ese tema, lo que determinará la duración del proceso de divorcio o separación.
    • Si hay hijos menores en común también afectará a la repartición de los bienes.

    Nos encargamos de todos los trámites necesarios para presentar la documentación que necesitas para divorciarte cuanto antes. ¡Y además, cuenta con nuestro asesoramiento cualquiera que sea las circunstancias que te hayan decidido a dar ese paso! Ponemos los mejores abogados de familia en Ciudad Lineal a tu disposición a lo largo de todo el proceso. ¡No vas a estar solo!

    Divorcio de mutuo acuerdo

    Cuando uno se casa, nadie piensa que el matrimonio va a ir mal o que no va a funcionar. Pero cuando eso lamentablemente ocurre, lo mejor sin duda es el divorcio o la separación de mutuo acuerdo para todos los miembros de la familia.

    Igual que uno se casa por mutuo acuerdo, lo ideal sería que el divorcio o separación también fuera de mutuo acuerdo. ¡A veces es complicado que los dos cónyuges se pongan de acuerdo para hacer los trámites legales precisos para disolver legalmente un matrimonio y no complicarse la vida con viejos rencores!

    De mutuo acuerdo se evitan daños emocionales a los hijos menores del matrimonio (si es que tienen) y se evitan situaciones complicadas que pueden causar traumas tanto a los menores como a los que se divorcian.

    Nos casamos y la relación no funciona, es duro aunque hay que aceptarlo, vamos a terminar la relación en relativa armonía por el bien de nuestros hijos y también por nosotros mismos…  ¡No es fácil, pero es lo mejor para todos! Los niños podrán contar con papá y con mamá siempre; no será una guerra entre ambos con los hijos en medio de una lucha que no pueden comprender.

    En cuanto han pasado tres meses desde la celebración del matrimonio la Ley establece ya la posibilidad de separarse o divorciarse. Pero si no ha transcurrido ese tiempo mínimo desde la unión nupcial, no se puede pedir legalmente ninguna de esas opciones para finalizar el matrimonio.

    Visitas de quien no tiene la custodia de los menores, patria potestad, reparto del patrimonio y pertenencias del matrimonio, pensiones alimenticias de los hijos y otros gastos, reparto de los costes del domicilio familiar, economía doméstica y custodia de los menores son los asuntos más importantes que se suelen establecer en los llamados convenios reguladores en las separaciones y divorcios.

    Llevamos años llevando separaciones y divorcios, nuestros abogados en divorcios en Ciudad Lineal capital y poblaciones cercanas están preparados para encargarse de su divorcio o separación de la mejor manera posible. Acordar un convenio regulador que beneficie a todas las partes, incluyendo a los menores y preparar los trámites burocráticos necesarios para que el proceso de separación o divorcio dure lo menos posible.

    El Juzgado de Familia competente de la localidad en que vivan es donde se presenta la demanda de divorcio o separación de mutuo acuerdo firmado por ambas partes y con la documentación pertinente. El Ministerio Fiscal intervendrá solo en el caso de que haya hijos menores, haciendo un informe con su valoración sobre si ese acuerdo protege al menor adecuadamente.

    Divorcio contencioso

    Recordando siempre que para poder solicitar ese divorcio o separación, igual que en la vía amistosa, es necesario que haya pasado desde la ceremonia oficial de la boda al menos tres meses.

    Si no hay acuerdo entre las partes que forman el matrimonio que desea separarse o divorciarse, estamos ante el llamado divorcio o separación contencioso.

    No se ponen de acuerdo en los términos del divorcio o de la separación y por tanto no es posible llegar a un mutuo entendimiento para resolver la disolución del matrimonio por vía amistosa.

    Es el Juez quien tiene que decidir ya que los cónyuges están en desacuerdo y para ese proceso de separación o divorcio se solicitan primeramente medidas provisionales sobre los temas más problemáticos entre los cónyuges y después, el juez determinará también las medidas definitivas sobre esas mismas cuestiones. Es obligatorio contar con un buen abogado especialista en Derecho de Familia.

    Procedimiento de modificación de medidas

    Si las circunstancias varían de manera relevante, en relación a las circunstancias que había cuando se establecieron las medidas (por ejemplo, la pensión de alimentos), se pueden modificar dichas medidas de divorcio o separación. Tendrán que convalidarse por un Juez para que puedan justificarse dichas modificaciones.

    Generalmente permiten modificar dichas medidas la variación de las situaciones que exponemos a continuación:

    • Variación de las ganancias del cónyuge cohabitante con los menores o del progenitor no custodio.
    • Un aumento en las necesidades o gastos de los hijos menores del matrimonio.
    • Cese de convivencia de uno de los hijos o independización económica del mismo.

    Buscando siempre lo mejor para los hijos menores, no es fácil encontrar un buen bufete de familia en Ciudad Lineal para modificar tales medidas.

    Tutela o cautela del menor

    Los tutores se encargan de los bienes y pertenencias de otra persona menor de edad, de su desarrollo psicosocial y de su educación. La tutela es la figura legal por la que un adulto se convierte en velador de un menor de edad, que por abandono o fallecimiento de sus padres no cuenta con la protección debida de la patria potestad. Si se busca tutor para una persona con discapacidad, se llama cautela y el elegido es denominado el tutor.

    Son situaciones excepcionales en las que un adulto se responsabiliza de la educación y custodia de dicho menor o persona con discapacidad en ausencia de los progenitores o en su defecto. Aunque se puede nombrar curador para una persona con discapacidad  ya sea mayor o menor de edad, la figura de la tutela es solo para menores de edad.

    ¿Cómo se elige al tutor?

    Es necesario seguir el orden establecido en el ordenamiento a la hora de decidir quién ha de ser el tutor o curador de otra persona y responsabilizarse del mismo.

    • En primer lugar, por supuesto, los tutores son siempre los padres del menor o de la persona con discapacidad en cuestión.
    • En su ausencia, si están fallecidos ambos, lo que establezca expresamente su testamento sobre dicho asunto.
    • Si no tienen testamento o no determinan nada en el mismo sobre esa cuestión concreta, generalmente suelen ser familiares cercanos o hermanos los elegidos para ser tutor o curador por los Jueces en este tipo de situaciones.

    ¿Cuándo no puedo ser tutor de otro, según la Ley?

    No eres el mejor candidato según el Juez a ser el tutor o curador de otra persona en los siguientes supuestos:

    • Si por testamento los padres del menor o persona con discapacidad te han excluido expresamente.
    • Si tienes problemas manifiestos para ser tutor. Si en relación al menor o persona con discapacidad objeto de la tutela tienes animadversión manifiesta u odio.
    • Si no tienes dinero para ser tutor o curador de alguien y responsabilizarte en todos los sentidos de esa persona.
    • Si has cometido delitos relacionados con la tutela (y hay sentencia en firme que lo demuestra).
    • Si no tienes libertad plena y absoluta (estás privado de libertad por estar en prisión, centros de rehabilitación o de salud psiquiátrica y mental, u otras instituciones análogas) ya sea para ser tutor o curador.
    • Aunque sean tus hijos, si del contexto queda probado, el propio Juez puede neutralidad tu patria potestad y dejas de ser tutor o curador de esos menores.
    • Si eras tutor de una persona y se te revocó dicha tutela, ya no podrás ser nuevamente elegido tutor de la misma persona.

    Es posible rechazar el cargo de tutor (o curador) de alguien si al cumplir dicha responsabilidad de manera eficiente tiene crisis económica, mayor carga laboral o poco tiempo para atender al tutelado.

    También si no se puede cuidar a otro, porque eso supondría un efecto negativo en el propio estado de salud del tutor.

    Por tanto, existe la posibilidad de declinar ser tutor (o curador).

    Cuando el menor cumple la mayoría de edad legal o en caso de muerte del tutor también se extingue la tutela, perdiendo su validez.

    ¿Gano dinero si soy tutor o curador? De acuerdo con la Ley, se puede recibir como tutor o curador entre un 4 o un 20% del beneficio de los ingresos o bienes del tutelado como contraprestación.

    ¿Puede el tutor hacer lo que quiera?

    Se necesita autorización judicial en determinas circunstancias para que el tutor (o curador) pueda actuar en los casos que vamos a ver a continuación, aunque en principio dicho tutor (o curador) representa y puede actuar en nombre del tutelado.

    • Si utiliza el caudal económico del tutelado para hacer un gasto considerable y realmente excesivo.
    • Productos financieros y sus negociaciones.
    • Actuando en nombre del menor, interponer demandas.
    • Si el menor tiene herencias compartidas, solicitar distribuciones de bienes o caudales que sean comunes.
    • En relación a contratos, acuerdos para rechazarlos o aceptarlos.
    • En relación a patrimonio del menor, comerciar con él.
    • Si pretende internar en instituto de educaciones especiales, un centro de rehabilitación o de salud psiquiátrica y mental, u otras instituciones análogas al menor o discapacitado al que tutela.

    ¿Necesito Abogado para ser tutor?

    Si se nombró en el testamento de los padres fallecidos del menor o del discapacitado a una persona concreta como tutor del menor o curador del discapacitado, el proceso será muy fácil y no hace falta abogado.

    Pero… Si no se nombra específicamente a una persona en dicho testamento, el proceso  se va a complicar y a alargar en el tiempo. Conviene contar con los servicios de un profesional, un buen abogado de familia Ciudad Lineal, para que te aconseje lo mejor si te van a nombrar tutor o curador de otra persona.

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