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  • Lo imprescindible que debes conocer para hacer una herencia (Parte 2)

  • Con este post en Abogados La Gavia terminamos en repaso básico de todo lo que debes conocer sobre la realización de herencias y testamentos, para que cuando llegue ese momento sepas sobre la situación para que todo se desenvuelva con normalidad.

    ¿Puedo desheredar a mi hijo según mi libre voluntad??

    La verdadera respuesta a esta interrogante es que no. O al menos, no es tan sencillo. Debemos de tener en cuenta que el Código Civil y la Legislación vigente defiende en todo momento la familia como institución. Es por ello que dicha institución debe ser disuelta de forma flagrante para que se pueda desheredar a un heredero legítimo. Es por ello que se debe de tener en consideración esto a la hora de resolver esta interrogante.

    ¿Qué acciones hay que llevar a cabo cuando alguien fallece?

    Una de las acciones más importante que se debe llevar adelante cuando alguien fallece es la liquidación del impuesto correspondiente (Para este caso en concreto, Sucesiones y Donaciones). Un grave error que se tiene por creencia en la actualidad es que, de no existir una obligación por para, dicha liquidación mencionada anteriormente es indiferente. Y es que, debe saber que los Registros Civiles de cada sección informa sobre la obligación de liquidar dicho impuesto. Es por ello que, aquellos herederos que quitan importancia en ello, dejando de lado las responsabilidades correspondientes, estarán incumpliendo la Ley.

    ¿Es posible no heredar las deudas del finado pero sí sus bienes?

    Desde ya, debes saber que no existe dicha situación. Es decir, no se puede heredar solo los bienes y dejar pasar las deudas que la persona tenía en vida. El patrimonio a ser heredado comprende tanto los bienes de valor económico, como las deudas que tenía la persona ya fallecida. Aunque, debes saber que existe la probabilidad de heredar a beneficio de inventario.

    Al aceptar la herencia de la forma tradicional, se aceptan tanto los bienes como las deudas de la persona fallecida. En este caso, el heredero se hará responsable de las deudas que deberá subsanar con los bienes heredados, y si fuere insuficiente, con los propios.

    Caso contrario ocurre con la herencia a beneficio de inventario. Donde una vez fallece la persona, las deudas que contrajo la misma son pagadas con los bienes a heredar. El restante de bienes una vez cubierta la deuda, es lo que recibirán los herederos. Pero, de no alcanzar los bienes del finado para contrarrestar la deuda adquirida, dicha deuda no afectará a los herederos, ya que ellos no tendrán que responder económicamente por ello.

    ¿Es posible rechazar una herencia?

    Si bien esta situación es poco inusual para muchos, hay casos en los que las personas deciden rechazar una herencia. Existen algunas ocasiones en donde el Impuesto de Sucesiones es tan elevado, que no supone ningún beneficio aceptar la herencia. Ante estos casos, es importante tener consigo un conocimiento sobre los acontecimientos que rodean a un testamento, como ser: la renuncia de una herencia no quiere decir, necesariamente, que exista un sustituto del heredero para aceptarla. Desde Abogados la Gavia, con los mejores abogados matrimonialistas de Madrid le aconsejaremos de todos los pasos a realizar si decides optar por esta opción.

    En caso de no aceptar una herencia, seguramente los cónyuges entrarán en conflicto pensando que el usufructo que ellos hacen de los bienes puede verse afectado, pero la verdad es que esto no es así. Las decisiones de un tercero no pueden afectar al usufructo que haga el cónyuge de los bienes. De todos modos, es recomendable asesorarse ante estos casos ya que existen muchos supuestos y unos pequeños detalles podrían cambiar este supuesto.

    ¿Existen plazos para aceptar o rechazar la herencia?

    Como ya vimos anteriormente, el impuesto de Sucesiones y Donaciones debe ser liquidado en un periodo no mayor a seis meses, contando desde el día de fallecimiento de la persona en cuestión. Esto es lo único que regula el Código Civil al respecto. Luego de ello, no establece un plazo máximo o mínimo para aceptar o rechazar una herencia. Es por ello que, los herederos cuentan con todo el tiempo necesario para tomar la decisión en este tipo de situaciones.

    Ahora bien, los que pueden determinar límites de días para decidir sobre esta cuestión son los pronunciamientos que puedan hacer los acreedores del finado. En dicho caso, se dispone de un período de treinta días para dar una respuesta al respecto. Sin mencionar esto, la legislación permite todo el tiempo que sea necesario por parte de los herederos.

    ¿Vale la voluntad de la mayoría de los herederos en la partición?

    En reparticiones de herencia no aplica este principio de partición por voluntad de la mayoría. La Ley es clara respecto a esto, los herederos deben actuar en forma unánime. Ello quiere decir que si, por ejemplo: todos los herederos se ponen de acuerdo en la repartición de una herencia a excepción de uno, la opinión de ese individuo no permitirá que se lleve a cabo la repartición como acordaban los demás. En caso de no llegar a un acuerdo, se puede pedir una partición judicial de la herencia.

    Al solicitar una partición judicial de la herencia, el juez será quien decida cómo será la partición de la herencia, a través de una sentencia. Esta vía de solución conlleva mucho más tiempo que un acuerdo entre herederos, como así también mucho más dinero. La solicitud de partición judicial suele darse en casos donde no se hablaba de dicha situación antes de que ya estén frente a la misma. Es por ello que, ante discrepancias, interviene el sistema judicial y la mayoría sale perjudicado.

    Si te encuentras en una situación similar y necesitas ayuda o asesoría, no dudes ponerte en contacto con nosotros. En Abogados La Gavia Madrid somos profesionales en Derecho Testamentario y tenemos los recursos y profesionales para hacer sencillo este trámite tan complejo. Estaremos encantados de recibir su llamado y ser su aliado en esos momentos difíciles.

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