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  • ¿Se puede reclamar una herencia después de 30 años?

  • Entre las situaciones que deben ser solventadas en el tema de las herencias tenemos aquellas que a pesar de haber sucedido hace tiempo porque se puede reclamar una herencia después de 30 años. Parece una pregunta tonta por las prisas en cobrar herencias, pero hay veces en las que aún permanecen como un caso abierto porque alguno de los herederos no ha reclamado su parte del patrimonio. En esta oportunidad hablaremos un poco acerca de cómo proceder en esos casos donde algunos herederos creen que por el tiempo transcurrido se trata de una causa perdida.

    Si bien es cierto que existen límites de tiempo establecidos en la legislación del Código Civil, no se debe abandonar la posibilidad de reclamar una herencia de modo apresurado. La jurisdicción garantiza que todos los herederos tengan derecho a por lo menos averiguar lo que pueda haber sucedido con su parte del patrimonio. Es por eso que lo recomendable es recurrir a la jurisdicción para informarse bien del estatus actual y estimar la posibilidad de hacer el respectivo reclamo.

    Para hacer reclamos de herencias en la jurisdicción es probable que te demanden cierta documentación, cartas, testigos y hasta pruebas genéticas, todo dependerá de lo que se determine en tal despacho. Los plazos normales de gestión de herencias suelen ser bastante prolongados precisamente para evitar que se escapen detalles de la misma, aunque los reclamos no son frecuentes siempre se mantiene un plazo hasta por 30 años en caso de una eventualidad.

    Plazos para un reclamo de herencia

    Lo plazos de los reclamos por herencia los determina el juzgado correspondiente al caso pero es conocido que el plazo máximo es de 30 años, despues de transcurrir este tiempo cualquier intento de reclamo es prescrito. Estos plazos en las herencias comienzan a transcurrir desde que se hace la adjudicación del patrimonio y los herederos hacen apropiación de sus partes de él, sin embargo los plazos pueden ser interrumpidos si hay algún proceso legal en el caso de herencia.

    Los plazos que establece un determinado juzgado se encuentran respaldados en el Código Civil de nuestro país, específicamente en el artículo 1965. Todas las decisiones de los organismos públicos están pensadas en base a la justicia de la que deben gozar todos los beneficiarios de la gestión de herencia.

    ¿Cuándo procede un reclamo de herencia?

    Existen dos posibilidades que hacen viables lo reclamos de herencias en las que ya se ha adjudicado el patrimonio del testador o del fallecido. No son muy frecuentes los casos de reclamo de herencia porque generalmente se conoce bien quienes son los herederos y todos están atentos a reclamar su parte del patrimonio en cuestión. Sin embargo, puede que alguno de los herederos no haya tenido conocimiento de la herencia o que no haya sido reconocido.

    En el primer caso puede que el heredero en cuestión sea una persona que no mantenía contacto con sus consanguíneos por cualquier razón o simplemente vivía en el extranjero. El desconocimiento en estos casos suele ser bastante común y el reclamo podría ser válido despues de que el juez reconozca a la persona como heredero. Entonces es necesario volver a abrir el caso de herencia, y verificar la valoración del patrimonio para determinar la parte correspondiente.

    La otra situación es cuando uno de los legítimos o mejor conocidos como herederos forzosos no ha sido reconocido para participar del patrimonio en cuestión. Generalmente sucede cuando aparece algún hijo ilegítimo y no había conocimiento previo de su existencia o simplemente sus consanguíneos e incluso el fallecido no lo han tomado en cuenta a pesar de sus derechos. El juez en este caso abre el caso de nuevo y vuelve a estimar la valoración y distribución del patrimonio.

    Expuestas, las razones previas serían causantes de la invalidación de una herencia en donde no existiera un testamento que justifique de modo sólido este proceder, entonces se precisa hacer de nuevo una declaración de herederos. Es muy importante que sepas que estas razones deben estar debidamente sustentadas y se debe comprobar que sean válidas a través de los requisitos que pueda exigir el juzgado correspondiente.

    ¿El reclamo de la herencia realmente te compensa?

    Esta interrogante es quizás la más importante a la hora de considerar introducir un reclamo de herencia ante un juzgado. Es importante que sepas que introducir un reclamo implica asumir un proceso largo con ciertos compromisos legales que pueden resultar costosos y más aún si las evidencias que se presentan no son lo suficientemente sólidas para tomar una determinación rápida. Hacer una valoración previa es lo más recomendable para saber si vale la pena el lío.

    Si se trata de dinero es más fácil calcular la cantidad del patrimonio y hacer una comparación con los gastos que pueden generar las pruebas y las gestiones del reclamo de herencia, en ocasiones un juez puede pedir una prueba de ADN para comprobar la consanguinidad. El solicitante se hace responsable de los resultados de estas pruebas de filiación y asume las consecuencias de ser éstas negativas.

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