-
Las leyes de nuestro país le dan prioridad a los descendientes en casos de herencias, incluso a los ascendientes antes que a los cónyuges por ello nos preguntamos cómo proteger a pareja en caso de muerte o fallecimiento. Digamos que en líneas generales las leyes funcionan de este modo para evitar injusticias hacia los más vulnerables, pero cada situación de herencia es muy distinta con respecto a otra. En este artículo se pretende dedicar un espacio para que nuestros lectores tengan un referente de cómo pueden proteger a su pareja en caso de herencia.
Primero que nada, debe quedar muy claro que la protección a un cónyuge en caso de herencia depende netamente de las medidas preventivas que tome el testador. Existe una gama de posibilidades para tomar acciones preventivas, tenemos posibilidades antes de contraer matrimonio o en el momento de hacer el testamento. Es importante que las personas estén muy conscientes de su responsabilidad en el tema de herencias y evitar la desidia.
Si revisamos el Código Civil de nuestro país encontraremos, en efecto, el reconocimiento a los derecho de los cónyuges a disfrutar del usufructo de los bienes inmuebles y del patrimonio de su pareja pero respetando siempre las prioridades legales y, de existir, las voluntades del testamento. Son variadas las especificaciones de herencias en cada caso conyugal, y esta dinámica de las leyes reguladoras se basa en tratar de establecer un equilibrio justo entre los herederos.
¿Qué es la desidia para testar?
Se refiere a el desinterés por parte de un individuo para tomar decisiones y ordenar con un testamento todos los asuntos relativos al destino de su patrimonio despues de la muerte. Sucede que muchas personas llegan a la senilidad sin haber tomado las medidas preventivas pertinentes para evitarle los problemas por herencias a sus seres más allegados. Es el caso en muchas parejas, en donde el cónyuge que queda en vida se ve repentinamente desamparado.
Resulta impresionante la cantidad de casos de desidia para testar en muchos matrimonios, parece que hay muchas personas despreocupadas de lo que pueda suceder con sus patrimonios despues de la muerte y no toman en cuenta los conflictos que puedan tener sus parejas por esta razón. Dejar todo en orden y tomar previsiones ante un eventual caso de muerte inesperado, es simplemente un acto de amor y consideración hacia la pareja y no un hecho para subestimar.
¿Cómo puede quedar desamparado un cónyuge?
La causa principal de desamparo de la pareja es el descuido en tomar las medidas preventivas ante los eventos que inevitablemente van a suceder en el futuro. Desde el momento en que una pareja decide hacer vida conyugal, se establecen una serie de códigos y acuerdos de convivencia entre dos personas. A lo largo de este camino se acumulan bienes muebles e inmuebles, capitales, acciones, o cualquier otra cosa que pueda representar un valor cuantificable.
Lo más probable es que uno de los dos sea quien tenga la propiedad de las cosas más importantes a pesar de que ambos merecen el usufructo de tales cosas. En caso de muerte, el cónyuge que no tiene las propiedades a su nombre puede quedar completamente expuesto a perder todo cuando se revisan las leyes vigentes en el Código Civil de nuestro país. En pocas palabras, el desamparo es sólo la consecuencia de la desidia para testar o no elegir un régimen de matrimonio adecuado.
En casos bastante frecuentes, un individuo contrae más de un matrimonio y puede que tenga hijos en ambos periodos de su vida, lo correcto en estos casos es hacer un testamento y además mantenerlo actualizado para evitar el desamparo. También sucede que algunos matrimonios establecen el régimen de separación de bienes pero existe desigualdad entre ambos patrimonios y al pasar de los años uno de los dos queda en evidente desventaja mereciendo el usufructo que se forjó durante toda una vida matrimonial prolongada.
¿Cómo puedo evitar la desidia para testar y el desamparo a mi pareja?
La manera más sencilla para tomar las medidas pertinentes y evitar estas situaciones es hacer un testamento a favor de la pareja en donde se especifiquen los derechos que tiene sobre el patrimonio en cuestión. Es muy común también que se utilice el derecho de usufructo en estos casos, al otorgar esta medida se asegura que la pareja que quede en vida tendrá el derecho de disfrutar de la parte del patrimonio en la voluntad del propietario.
Otra alternativa, que no es precisamente relativa a los testamentos, es en el momento de contraer matrimonio hacer un régimen de gananciales en donde claramente se establece que de los bienes que acumule la pareja durante su vida matrimonial le corresponde el 50% a cada uno. De este modo, sin importar lo que pueda presentarse en un testamento, se asegura de que el cónyuge que tenga una vida más prolongada tendrá siempre derecho a la mitad del patrimonio matrimonial.