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  • ¿Cuánto se paga por una herencia de tíos a sobrinos?

  • En el tema de las herencias existen variedad de casos y una resolución legal para cada uno de ellos, tal es el caso de cuánto se paga por una herencia de tíos a sobrinos. Ante la ausencia de un testamento la ley establece un orden del derecho a heredar de las personas consanguíneas o relativas a la persona que falleció. En este orden expuesto en anteriores artículos, los sobrinos pueden figurar para las sucesiones ante situaciones muy específicas.

    La prioridad en herencias siempre van a ser los descendientes o legítimos, luego los ascendientes, luego los hermanos y en caso de que alguna de las anteriores no sea posible, serán los sobrinos quienes tengan derecho a heredar. Es importante que conozcas lo que puede suceder con tu patrimonio si no haces un testamento a tiempo, incluso el cónyuge saldría desfavorecido si no existe un  registro formal de la convivencia en pareja.

    La mejor opción siempre va a ser realizar un testamento para que se vean reflejadas la voluntades exactas del fallecido y no sean el Estado que en consecuencia decida el destino de nuestro patrimonio. Con un testamento sería mucho más sencillo hacer valer la voluntad de un tío testador que desee incluir a un sobrino como heredero, además sería más fluido el trámite para presentar la voluntad ante un juzgado y hacer las respectivas adjudicaciones.

    ¿Afecta la ausencia de testamento en una herencia de tíos a sobrinos?

    Definitivamente si, ante la ausencia de un testamento el Código Civil (CC) establece un orden jerárquico sanguíneo poco probable para poder hacer posible que un sobrino herede. La prioridad según el CC es para la primera línea que son los hijos legítimos o los padres, en segunda línea para los hermanos o cónyuges, y los sobrinos aparecen en la tercera línea despues de que las personas consanguíneas de la primera y segunda línea renunciaran a la herencia o fallecieran.

    Como puedes notar es bastante complejo lograr que un sobrino tenga acceso a la herencia sin el testamento adecuado; a menos que los familiares integrantes de la primera y segunda línea renuncien intencionalmente para que el sobrino herede. No es común ver este tipo de herencias pero resulta que entran en el terreno de lo posible, sólo deben coincidir las situaciones especificadas en el Código Civil.

    Limitaciones de una herencia con testamento para un sobrino

    Hemos mencionado en el artículo con mucha insistencia que la mejor opción para lograr que un sobrino se haga heredero es a través de un testamento. Sin embargo, en esta modalidad de herencia con testamento también existe la limitación de los legítimos quienes siempre tendrán derecho sobre dos tercios netos de la valoración total del patrimonio. Esto quiere decir que en caso de que una herencia sólo puede beneficiar a un sobrino con un tercio neto de su valor total.

    Por muy buena que sea la voluntad de un tío testador para con su sobrino, lamentablemente siempre prevalece la figura de los herederos forzosos según se establece en las leyes del Código Civil para estos casos. Por supuesto que las normas de estas leyes pueden variar dependiendo de la Comunidad Autónoma donde se desarrolle la gestión de herencia, aunque la norma siempre es proteger los derechos de los legítimos y en lo sucesivo las líneas consanguíneas.

    Sobre los impuestos de herencia para sobrinos

    Anteriormente hemos mencionado que en tema de herencia existe un orden jerárquico que tiene que ver con la consanguinidad del heredero con respecto al testador. En cuanto al pago de impuestos es igualmente trascendental este aspecto, existen tres grupos con grado de prioridad en la adjudicación de la herencia.

    El primer grupo sería de la línea legítima, quienes están involucrados por derecho con dos tercios de la herencia y por ende pagan más impuestos. El segundo grupo está conformado por la línea de ascendientes, a quienes se les adjudica un 50% de la herencia y el impuesto a pagar es considerable. Por último tenemos al tercer grupo en donde se encuentran los sobrinos, a quienes se les adjudica sólo un tercio del patrimonio y en consecuencia los impuestos son más bajos.

    En cuanto a los impuestos por recibir una herencia como tercera línea son menores que los de las líneas uno y dos, el monto a cancelar es de 7.993,46 Euros. Esta cantidad es mucho menor que en los otros casos donde los parientes son más cercanos y la cantidad con respecto al valor de la herencia es considerablemente mayor.

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