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¿Estás pensando en divorciarte? ¿Y tienes algunas dudas que resolver sobre el tema? Vamos a revisar algunas de las preguntas mas frecuentes sobre el divorcio.
Si hay hijos, ¿tengo derecho a visitas? Aclaraciones sobre la pensión de alimentos y gastos extras de los menores; el Convenio Regulador del que tanto se habla pero que nadie se atreve a preguntar… ¡Nunca es tarde!
Por supuesto, hay muchas más y ponemos a su disposición toda la experiencia de nuestro despacho de abogados especialistas en divorcios en Madrid.
Dudas habituales sobre el divorcio
El régimen de visitas ocupa las tres primeras (qué es y consecuencias del incumplimiento del mismo) de estas siete dudas habituales acerca del divorcio o separación.
La segunda parte de las preguntas tratan sobre los hijos menores y sus pensiones alimenticias (qué son, cantidad y otros gastos).
En el Convenio Regulador (concretamente, su modificación) se habla precisamente de las medidas adoptadas sobre régimen de visitas y pensión de alimentos en la última pregunta.
Visitas al menor
¡Los hijos menores tienen derecho a ver y a estar con sus dos progenitores!
Partiendo de esa base, el padre/madre que no vive habitualmente con los hijos tiene derecho a pasar tiempo con ellos y se suele realizar organizando un calendario de visitas. Más si la relación entre los padres impide la convivencia de toda la familia, lo mejor es establecer un calendario de mínimos (fundamentalmente fines de semana alternos y la mitad de las vacaciones del curso escolar, que son tres, verano, Navidad y Semana Santa), con la idea de ampliarlo en todo lo posible.
Atendiendo a cada familia en concreto, lo mejor es que si se puede en días festivos o algunas tardes entre semana se aumenten las visitas al progenitor que no convive habitualmente con el hijo menor o los hijos menores. Y así dicho calendario de mínimos sea simplemente una referencia básica para tales visitas, pero el tiempo compartido puede ser más si las circunstancias lo permiten.
¡El menor se queda sin visita!
¿Y si se incumple el régimen de visitas? Hay dos posibilidades distintas.
- Puede ser que el progenitor no custodio no acuda a la visita e incumpla el calendario. Entonces el progenitor que tiene la custodia puede informar de tal incumplimiento al Juez presentando un escrito. De esta manera, será necesaria la intervención judicial para que dicho progenitor que ha incumplido el régimen de visitas pueda reiniciar los encuentros con sus hijos. Generalmente son multas económicas mensuales que se imponen al progenitor por su incumplimiento.
- Los hijos y el progenitor no custodio no pueden celebrar las visitas por intervención del progenitor que tiene la custodia de los mismos. Queda claro que no es posible solucionar la situación entre ellos y, contando ya con un abogado, hay que solicitar a un Juez que intervenga para resolver el problema en cuestión. Tal incumplimiento es la vulneración expresa de la sentencia judicial que ha confirmado el Convenio Regulador; por tanto ha de ser castigada, llegando incluso a imponerse penas de cárcel en algunos casos.
¿Y si no devuelve al menor?
Uno de nuestros grandes temores es que tras la visita concertada del progenitor que no tiene la custodia del menor no lo devuelva. Hemos visto hasta películas y multitud de noticias sobre hechos semejantes en los periódicos. Al incumplir el Convenio Regulados estamos de nuevo frente a una vulneración de una sentencia judicial y habrá que acudir al Juez para solucionar la situación, pudiendo incluso obligar la policía a su complimiento cuando sea necesario.
Concepto de pensión alimenticia
Vamos a empezar con las dudas más habituales sobre pensión de alimentos del menor o de los menores. Para cubrir las necesidades básicas del hijo menor el progenitor no custodio aporta cada mes una cantidad de dinero acordada previamente al otro progenitor que tiene la custodia del mismo.
Dicha cantidad varía según la capacidad económica de los padres, las necesidades del hijo y otras cuestiones relevantes (por ejemplo, si se paga pensión compensatoria al otro progenitor, cuántos hijos son, lo gastos del progenitor que no vive en la casa familiar…). Son factores a tener en cuenta a la hora de hacer esos cálculos.
Cuantía de la pensión alimenticia
¿Se pone una cantidad para todos los hijos o una para cada uno?
Lo lógico es ver las necesidades y los gastos que tiene cada uno de los hijos por separado, ya que algunos pueden tener más desembolsos por necesidades especiales que también hay que cubrir. Por eso, a veces, se establecen cantidades distintas para cada uno de los hijos.
Además, conviene tener en cuenta si hay en la familia hijos menores y mayores de edad no independientes a nivel económico.
Por tanto, no se puede establecer una cantidad global para todos. Se tiene que determinar la cuando de cada hijo individualmente, atendiendo a sus circunstancias personales.
¿Más gastos del menor?
La pensión alimenticia se calcula de acuerdo con los gastos ordinarios, los normales y habituales; aunque en el día a día aparecen gastos extras. Y no se han incluido en la pensión alimenticia de los menores…
El hijo en cuestión tiene que ir al dentista. O se ha roto las gafas y necesita unas nuevas. O no se han tenido en cuenta las actividades extra-escolares. ¡El uniforme nuevo o los libros! ¿Y esos gastos quién los paga?
Cada progenitor tendrá que asumir la mitad de dichos costes. Es lo que generalmente determina el Juez.
Dichos gastos extras a veces se incluyen en los Convenios Reguladores para evitar este tipo de sorpresas; pero lo mejor es pagarlos al 50%.
Modificación del Convenio Regulador
¡Parece que funciona! El Convenio Regulador resuelve la mayoría de los asuntos domésticos tras el divorcio o la separación y contiene las circunstancias (económicas, de salud, laborales y personales) de ambos progenitores y de los hijos en común. Pero… Siempre hay un pero. ¡Pero dichas circunstancias han cambiado significativamente!
¡Y tenemos cambiar el Convenio Regulador para que dichas medidas sean acorde a la realidad actual! En cada divorcio o separación es necesario tener un Convenio Regulador para cada uno, no se puede utilizar un convenio para varios divorcios.
¿Cómo pido la modificación? Hay que interponer una demanda de modificación de medidas para que se modifiquen también algunos puntos del Convenio Regulador debido al cambio sustancial y permanente de las circunstancias incluidas en el mismo.
Dicha modificación puede ser de nuevo de mutuo acuerdo o solicitado solo por una de las partes, de manera contenciosa. ¡Volvemos a empezar!